Monday, December 13, 2010

"Joyitas" contenidas en la futura Ley de Telecomunicaciones

"(...) por su condición de servicio público el contenido de las transmisiones o comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones podrán someterse a las limitaciones y restricciones que por razones de interés público establezca la Constitución y la ley."

"Los servicios de radiodifusión sonora y televisión abierta, de radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias sin fines de lucro y de producción nacional audiovisual quedan reservados al Estado en los términos establecidos en la presente Ley."
"El Estado creará un punto de interconexión o punto de acceso a la red de los proveedores de servicios de Internet en Venezuela con la finalidad de manejar el tráfico con origen y destino en Venezuela, con el objeto de utilizar de manera más eficiente las redes del país dado el carácter estratégico del sector.
El órgano rector determinará la empresa del Estado que tendrá a cargo la instalación, operación y mantenimiento del punto de interconexión o punto de acceso a la red de los proveedores de servicios de Internet y dictará, mediante resolución, la normativa aplicable que determinará el modelo, limitaciones, requisitos, cronograma de implementación y cualquier otro aspecto necesario para obtener las condiciones que se estimen convenientes para su adecuada implementación."

Leer todo en: http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=2761&tmpl=component&format=raw&Itemid=185&lang=es

Fragmentos escogidos de la futura Ley Resorte para Internet

Fragmentos del Proyecto de reforma a la Ley Resorte para Internet:

En los servicios de radio, televisión, y medios electrónicos, no está permitido en ningún horario la difusión de los siguientes tipos de mensajes, según el caso:
1. Aquellos que contengan elementos de sexo tipo "E", de salud tipo "D" y violencia tipo "C".
2. Aquellos que pudieran incitar o promover al odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
3. Aquellos que pudieran  incitar o promover y/o hacer apología al delito.
4. Aquellos que pudieran constituir propaganda de guerra.
5. Aquellos que pudieran constituir manipulaciones mediáticas dirigidas a fomentar zozobra en la ciudadanía o alterar el orden público.
6. Aquellos que estén destinados a desconocer las autoridades legítimamente constituidas, irrespetar a los Poderes Públicos o personas que ejerzan dichos cargos.
7. Aquellos que pudieran inducir al magnicidio.
8. Aquellos que pudieran incitar o promover el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
9. Aquellos que atenten contra las buenas costumbres.

(...) Serán sancionados:
Con multa del 10% de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal, inmediatamente anterior a aquél en el cual se cometió la infracción, y/o suspensión hasta por setenta y dos horas continuas de sus transmisiones, cuando difundan mensajes de los tipos que se enumeran a continuación:
a) Aquellos que promuevan, hagan apología o inciten a la guerra;
b) Aquellos que promuevan, hagan apología o inciten a alteraciones del orden público;
c) Aquellos que promuevan, hagan apología o inciten al delito;
d) Aquellos que pudieran incitar o promover el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
e) Aquellos que pudieran ser discriminatorios;
f) Aquellos que pudieran ser contrarios a la seguridad de la Nación;
g) Sean anónimos.
h) Aquellos que pudieran constituir propaganda de Guerra.
i) Aquellos que puedan constituir manipulaciones mediáticas dirigidas a fomentar zozobra en la ciudadanía o alterar el orden público.
j) Aquellos que estén destinados a desconocer las autoridades legítimamente constituidas, irrespetar a los Poderes Públicos o personas que ejerzan dichos cargos.
k) Aquellos que pudieran inducir al magnicidio.

Mis aspectos favoritos:
1) El "que pudieran" genérico e impreciso.
2) La mención a las "buenas costumbres", que parece redactada por la señorita Rottenmeier.
2) La prohibición del porno en internet y TV por cable, en el ordinal 1º.
3) La prohibición del anonimato.

El proyecto de ley se puede descargar en http://static.eluniversal.com/2010/12/09/LeyResorteAN.pdf

We are not all naked under our clothes: On Wikileaks, governments, and our delusion of a neutral and free internet.

This article’s title comes from a Simpson’s chapter, but it's applicable –and oh so well- to basically any subject in which the Big Brother appears. The State, that fictional character that we, the society, needed to create in order to protect us from ourselves, from the social chaos and the anarchy, seems to be having a lot of preponderancy over the citizen’s rights these days.
Last couple of weeks, Wikileaks’ case, and specially, Julian Assange’s bizarre persecution for a felony involving the misuse of a condom (which now, apparently, is called violation in some countries), have taken over all social networks and media.
What is really interesting is that this entire story already happened. A lot of us aren’t old enough to remember –I wasn’t even born-, but in 1971, Daniel Ellsberg gave to The New York Times a group of documents, and they, after verifying their accuracy and authenticity, started publishing them. The USA government filed a petition against them: those documents contained secrets of State, and they asked the Supreme Court to stop and forbid the publication of those documents. But the Supreme Court decided that foreseen censorship was against constitutional rights. The judge couldn’t assure that the revelation of the Pentagon Papers was going to cause a direct, immediate damage to the country or its citizens, and therefore, the government couldn’t stop The NY Times from making public those documents.

However, as Lawrence Lessig affirms, the need for constitutional protection of secrets of State would disappear as soon as those secrets are revealed. Information that has been leaked cannot be hidden anymore: moreover, Internet will exhaustively replicate any information that has become of interest, even if only for the mere curiosity that censorship itself can lift.
What is really worrying governments all over the world is Wikileaks’ credibility. Not even one of those governments involved has denied the veracity of those documents, and the reason is the one that should really be worrying them: Wikileaks has way more credibility than any of them, and it is not only that governments have lost almost all trustworthiness before their citizens, but also that Internet seems to be now just as reliable, if not more, as any traditional media.
Some people is comparing this revelation of secrets of State, with the possible revelation of a person’s private life, trying to make assumptions over its illegitimacy. Quite the opposite, individual rights are not alike the rights of a State for its own preservation, because its mere existence only should depend on its capacity of fulfilling its people’s rights and aspirations. But it doesn’t: actually, the preservation of a State depends on its capacity of keeping information repressed, and it doesn’t have anything to do with the interests of its nationals.
In this same regard, I've heard some people saying that the Internet, as every possible human behavior, is in the need for legal regulation. However, I dissent: Internet already regulated itself, and legislators are late for the party. Netizens, after decades of online activity, have already come to agreement concerning which behavior is acceptable and which is unacceptable, and trying to impose civil laws to the web would be as useless as trying to impose occidental institutions in an ancient tribal society. An indigenous group, for instance, is not unregulated but self-regulated, and so is the Internet, and the misinterpretation between these two ideas is only in the eye of the beholder.
However, discussion seems to be taking a different direction; it is not about the content of what has been “leaked”, but about the alleged violation of secrets of State, that apparently, in the American way of doing things, is above any civil right, not only those concerning freedom of press, speech and information, but also upon human rights and other States’ sovereignty. Apparently, the way of elude responsibility on any event, even if it’s illegal, is declare it Secret of State, of course, if one has the option of doing so.

What we seem to be forgetting is that governments only exist because we, as a collective, transfer (trough the vote) our sovereignty to a higher and fictional entity, which is supposed to answer before us when we hold them accountable. However, in a world where most traditional media is sold to the system, our “right to know” seems to be dissolved, appearing less and less important while they try to convince us that our Father State is going to take our decisions, for us, better than us. They say they don’t have anything to hide, but still they want to rule us without telling us how or why.
A new model of consumption of information, a new paradigm of expression and exchange, this is what is driving governments crazy in all places. Internet, and not internet itself but its users, citizens everywhere, have come to break the pact of silence. Old school politicians who belong in paralyzed structures of power don’t understand the web. They still don’t get how information flows, they have no idea of how to contain the public opinion, and this is just freaking them out. Therefore, what we can’t forget is that the very thing we are trying to preserve is the use of the Internet as a tool for free speech, as a real tool for democratization of media, for public access of information and for government’s accountability all over the world.

On how to foster unrest in a whole country through only one tweet

It seems like a very ambitious goal, but apparently, it is dreadfully possible indeed. The venezuelan government, for what one can assume from its recent policies regarding the use of internet, believes that a single twitter user, with a hundred followers or less, can destabilize an entire political system.
In the last year, citizens have been detained for tweeting about the banking system, for going around saying they want to see the president dead, and for taking pictures of the deterioration of the capitol’s subway system. Their very brief detentions haven’t reached international media, and in appearance, have had only the intention to weaken public opinion and promote self-censorship. In the meantime, Venezuelan President, Hugo Chávez, opened a twitter account and promoted an image of openness and accessibility, a very incongruous one in fact.
However, last week things seem to have gotten darker: The Venezuelan vice-president has filed before the National Assembly a bill that proposes a wide reform, under which an administrative organ, Conatel, would have competences over the Internet. Conatel, dependent to the Ministry of Communications, is a bureau created in order to regulate all content transmitted in national television and radio. Among all rumors flying over the net and traditional media this last days, it has been said that the law would make extensive the so-called “time slots” to the Internet, regulating which content is accessible according to the new regulations regarding matter of language, sex and violence.
As if that’s not enough, the law contemplates the creation of a national Network Access Point, being controlled by Cantv, the government owned ISP. Cantv has a long story as an untrustworthy service provider, being blamed for diverse website blockages through the last years; the most recent one, a Wordpress “blackout” that lasted two days, coinciding with the elections performed last September 26th.
If we compare the actual influence of a twitter user like @leaoxford, who was detained last July because of a tweet that “caused destabilization of the national banking system” –and is now under probation-, a very simple procedure that can be done using Twinfluence or something similar, we can easily establish that in real world, Leo Acosta Oxford could have mobilized, in best case scenario, a manifestation of 50 people or so. Or, what is the same, none of us even knew who @leaoxford was before he was imprisoned. A person, in order to cause public distress through a web service like twitter, would need to have a lot of personal influence (which means, to be someone like @NelsonBocaranda or @AlbertoRavell), and even in that case, s/he might as well use any other way of communication, like newspapers or television: it’s not about the media, but about the message and the person, and still, the government wants to avoid that ordinary people goes around saying stuff online. And this is the government that, allegedly, wanted to give a voice to people who hadn’t been heard before. This, people, is what Internet does: that every person –with internet access, and that’s a horse of a different color- can speak out their mind, not only those with certain privileges, social position or political affiliation.
As I’ve said before, power is not frightened by people but ideas. I can only wonder how unstable is actually a government that gives that kind of importance to 140 characters or less.

Tuesday, June 22, 2010

The Story of Bottled Water

Annie Leonard is an expert in international trade and sustainable development, who is more known for her documentary The Story of Stuff (The Story of Stuff), where she talks about the life cycle of goods and services in a very didactic and fun way. However, I just stumbled upon this other documentary of hers, called The Story of Bottled Water, where she basically explains the cycle of bottled water and the unnecesary pollution and waste of money and resources that the industry of bottled water means. I really think you should see both.



The Story of Bottled Water with Annie Leonard from kompozit on Vimeo.

Friday, April 30, 2010

"¿Dónde quieres que te dispare?": La violencia interpersonal es un asunto de salud

Este artículo es una versión en español del artículo "Where do you want me to shoot you?" publicado originalmente en Th!nk About It.

- Francisco manejaba desde el trabajo esa noche, a las 7:00, y estaba esperando que la luz del semáforo cambiara a rojo, cuando un hombre lo apuntó con un arma desde afuera del carro. Francisco se bajó del vehículo y le entregó las llaves, y el hombre tomó el carro y se fue. Diez segundos después, regresó, en reversa, y le dijo: "Casi te vas liso. ¿Dónde quieres que te dispare?"
Francisco escogió la mano, y así fue.

“Where do you want me to shoot you?” : Interpersonal violence is a matter of health

This article was originally written for Th!nk about it: Developing world.

- Francisco was driving from work that night, at 7:00 p.m., and he was waiting for the red light to turn green, when a man pointed at him with a weapon from outside the window. Francisco got off the car and handed him the keys, and the man took the car and leaved. Ten seconds later, he came back, in reverse, and he told Francisco: "You almost left with nothing. Where do you want me to shoot you?".

Wednesday, April 28, 2010

Habilitadas suscripciones vía e-mail.

He habilitado la suscripción a este blog vía e-mail, para el caso de que algún visitante no utilice lector de feeds y esté interesado en recibir los nuevos artículos en su correo.
Continuamos con la programación habitual. :)

Un par de cosas que no sabía acerca de la Malaria

Este artículo es una versión en español de A few things I didn't know about Malaria, escrito originalmente en inglés para Th!nk About It: Developing World. 

Pues bien, estaba investigando en internet para mi viaje la próxima semana a la Cumbre de Global Voices en Chile, y de pronto me encontré leyendo la guía de Planeta Solitario acerca de mi país. Fue un poco un golpe leer la lista de todas las enfermedades de las que previenen a los viajeros cuando visitan Venezuela. Alfabéticamente, en inglés, listan las siguientes: Brucelosis, Cólera, Dengue, Hepatitis A y B, HIV/Sida, Leishmaniasis, Sarampión, Rabia, course), Leishmaniasis, Measles, Rabies, Esquisostomiasis, fiebre transmitida por las garrapatas, fiebre tifoidea, encefalitis equina y fiebre amarilla.

A few things I didn't know about Malaria

(This article was originally written for Th!nk About It: Developing World).

So, I was researching around the web for my trip next week to the Global Voices Summit in Chile, and suddenly I found myself reading the guide on Lonely Planet about my country. I was a bit of a stroke to see all the listed diseases they prevent travelers from while visiting Venezuela. Alphabetically, they list the following: Brucellosis, Cholera, Dengue (breakbone fever), Hepatitis a, Hepatitis b, Hiv/aids (of course), Leishmaniasis, Measles, Rabies, Schistosomiasis, Tick-borne relapsing fever, Typhoid fever, equine encephalitis, and Yellow fever.

Monday, April 26, 2010

Venezuela has achieved environmental sustainability: True or false?

This post was originally written for Th!nk About It: Developing World.

Salto Ángel, in Canaima: The highest waterfall in earth In Venezuela, we have the cheapest gas prices in the world. We pay $0.12 per gallon, when the same amount of water costs around $2.5 (and I'm talking about controlled dollar, not even real black-market one). We have 5.218.942 automotor  vehicles in circulation, from which a 5th is located in Caracas, and we consumme over 827 tonnels of oil a day.

Venezuela ha logrado la sustentabilidad del medio ambiente: ¿Verdadero o falso?

 Este post es una versión en español de "Venezuela has achieved environmental sustainability: True or false?", escrito originalmente en inglés para Th!nk About It: Developing World.


En Venezuela, tenemos los precios más baratos de gasolina en el mundo. Pagamos $0.12 por galón, cuando la misma cantidad de agua cuesta alrededor de $2,5 (y estoy hablando de dólar controlado, ni siquiera del dólar real en el mercado negro). Tenemos 5.218.942 vehículos automotores en circulación, de los cuales un quinto se encuentra en Caracas, y consumimos más de 827 toneles de petróleo al día.

Wednesday, April 21, 2010

No one goes hungry in Venezuela: True or false?

Last march, President Chávez stated that "No one goes hungry in Venezuela", an affirmation that he might as well have taken from the official report "Venezuela accomplished the MDGs": Government states that extreme poverty has reduced from 17,1% in 1998, to 7,9% in 2007.

Nadie pasa hambre en Venezuela: Verdadero o falso?


(Este post fue escrito para Th!nk3: Developing World)

En marzo pasado, el Presidente Chávez declaró que “Nadie pasa hambre en Venezuela”, una afirmación que bien podría haber tomado del reporte oficial “Venezuela cumple las metas del milenio”: El gobierno sostiene que la pobreza extrema se ha reducido de 17,1% en 1998, a 7,9% en 2007.

Agua de tubería no significa agua potable: Entrevista con el Movimiento por la Calidad del Agua

El gobierno venezolano sostiene que el 92% de la población tiene acceso al agua potable. Entretanto, las consecuencias de una larga sequía golpean a Venezuela, y los habitantes de Valencia se encuentran afectados por el agua contaminada que sale de sus grifos.

Tap water doesn't mean drinking water: Interview with the Movement for Water Quality

(This article was originally written for Th!nk about it: Developing world)
Venezuelan government states that 92% of the population has access to drinking water. Meanwhile, the consequences of a long drought strike Venezuela and the inhabitants of Valencia are affected by polluted water coming from their taps.

Tuesday, April 20, 2010

A history of music, poverty and hope

 (This article was originally written for Th!nk about it: Developing world)

I feel the urge to confess, before I say anything, that I’m prouder than pride itself to share my nationality with Gustavo Dudamel. I have yet to meet a venezuelan who doesn’t get goosebumps when s/he hears that Dudamel is conducting the Gothenburg Symphony, or the Los Angeles Philharmonic.

Una historia de música, pobreza y esperanza

(Este artículo es una versión en español de "A history of music, poverty and hope", escrito originalmente en inglés para Th!nk about it: Developing world.)


Siento la urgencia de confesar, antes de que diga nada, que estoy más orgullosa que el orgullo mismo, de compartir mi nacionalidad con Gustavo Dudamel. Aún me falta por conocer un venezolano a quien no se le ponga la piel de gallina, cuando oye a Dudamel dirigir la Sinfónica de Gotemburgo, o la Filarmónica de Los Ángeles.

Monday, April 19, 2010

Aid for development with respect: The Wayuu Taya Foundation


(This post was originally written for Think3: Developing World, and can be found here).
To complement my previous post, I interviewed Maria L. Betancur, who serves as Assistant Director of Development and Operations for The Wayuu Taya Foundation, who so kindly obtained some time in her busy schedule to answer my questions. (Also, they have a brand new and beautiful website, wich you can visit here).

Ayuda para el desarrollo con respeto: La Fundación Wayuu Taya

(Este post es una versión en español de "Aid for development with respect: The Wayuu Taya Foundation", escrito para Th!nk about it: Developing world)
Como complemento a mi post anterior, he entrevistado a Maria L. Betancur, quien se desempeña como Directora Asistente de Desarrollo y Operaciones para la Fundación Wayuu Taya, y quien tan amablemente supo hallar el tiempo en su ocupada agenda para responder mis preguntas. (Además de eso, tienen un hermoso y nuevo website, que puedes visitar aquí).

Friday, April 16, 2010

Por la libertad de Raúl Hernández, preso de conciencia en México

De acuerdo con Amnistía Internacional, "se considera “preso de conciencia” a toda persona encarcelada o sometida a otras restricciones físicas por sus convicciones políticas, religiosas o cualquier otro motivo de conciencia, así como por su origen étnico, sexo, color, idioma, origen nacional o social, situación económica, nacimiento, orientación sexual u otras circunstancias, siempre que esa persona no haya recurrido a la violencia ni propugnado su uso." Prisioneros de conciencia son todas las personas que, a lo largo del mundo, han sido encarceladas por defender sus convicciones.
En la prisión de Ayutla, en Guerrero, México, Raúl Hernández cumple condena desde abril de 2008, junto a Manuel Cruz, Orlando Manzanarez, Natalio Ortega y Romualdo Santiago, integrantes de la OPIM (Organización del Pueblo Indígena Me’phaa) quienes fueron detenidos y acusados falsamente del asesinato de Alejandro Feliciano. Cuatro de ellos fueron liberados, pero la presente fecha, Raúl permanece en prisión, aún habiendo testigos que aseguran que no estaba presente en ese momento, pues las autoridades se han negado a tener en cuenta sus testimonios.
La realidad es, que Raúl se encuentra cumpliendo condena por defender los derechos humanos del pueblo indígena, gravemente violentados en nuestros países latinoamericanos. (Hace unos días escribí sobre el pueblo wayúu.  Los Me'phaa, en México, no están demasiado mejor).

Este 17 de abril, Amnistía Internacional propone las siguientes acciones, con las cuales puedes colaborar para exigir a las autoridades la liberación de Raúl Hernández:

Acciones
  • Participa en la acción web, escribiendo un email a Fernando Gómez Mont, Secretario de Gobernación, para liberar a Raúl: http://alzatuvoz.org/raul/
  • Organiza un evento de solidaridad en tu comunidad: Tómate una foto en grupo, portando una pancarta con el mensaje: “Alza tu Voz por su Libertad”, para demostrar a Raúl, a su familia y a la OPIM que no están solos en su lucha por la justicia. Envía las fotos a online.communities@amnesty.org y agrégalos a tus blogposts. Tal vez podrían hacerlo en grupos numerosos o individualmente, ante un lugar famoso de su localidad para indicar de dónde son, o incluso desde el salón de su casa.
 Tal como dice la camisa de Raúl, Vivir con dignidad es un derecho, y nadie debería siquiera sentir temor por exigirlo.



    Chávez y su "guerrilla comunicacional".

    Este post es una versión en español del artículo "President Chavez and his communicational guerrilla", escrito originalmente en inglés para Global Voices Advocacy.

    El domingo pasado, el presidente venezolano Hugo Chávez lanzó el programa llamado "Trueno Comunicacional", con el fin de "enfrentar las mentiras y la información dada por los medios privados". "La batalla mediática tiene que ser peleada todos los días", dijo. Ese día, en su programa semanal de televisión, setenta y cinco jóvenes estudiantes entre las edades de 13 y 17, fueron juramentados en sus "Guerrilla Comunicacional", vistiendo chaquetas de color caqui y pañuelos rojos atados alrededor de sus cuellos. Han sido entrenados para "luchar contra los mensajes imperialistas", ya sea en redes sociales, en muros y folletos o "mediante la intervención directa".

    President Chávez and his "communicational guerrilla"



    This post was written for Global Voices Advocacy.

    On last sunday, Venezuelan President Hugo Chávez launched the program named “Communicational Thunder”, in order to  "face the lies and misinformation spread by private media". "Media battle has to be fought everyday", he said. That day, in his weekly sunday TV program, seventy-five young students between ages 13 and 17, were sworn in his "Communicational Guerrilla", wearing khaki jackets and red bandanas tied around their necks. They had been trained to "fight against imperialist messages", either on social networks online, on walls and pamphlets or "through direct intervention".

    Monday, April 12, 2010

    Oil, coal, development and indigenous people: In the search for a peaceful settlement


     According to UNICEF, the Guajira ranks second among the poorest places in Latin America after Haiti. Wayuus, who represent around 54% of all indigenous population of Venezuela, doesn't have stable access to potable water, suffer of an overly high rate of children mortality (two to three children die everyday of malnutrition), and lack of well-supplied schools, health facilities and hospitals.
    
    

    Petróleo, carbón, desarrollo y pueblos indígenas: En la búsqueda de una solución pacífica

     Este artículo es una versión en español del artículo "Oil, coal, development and indigenous people: In the search for a peaceful settlement", escrito originalmente en inglés para Th!nk3: Developing World.

    Según datos oficiales, hay veinticuatro diferentes pueblos indígenas dentro del territorio venezolano, y la población indígena está formada por alrededor de 300.000 personas, según cifras del año 2001. La población indígena está presente en todo el territorio, pero su mayoría vive en el estado Zulia. La Constitución venezolana reconoce sus derechos ancestrales sobre las tierras que han habitado desde antes de nuestra independencia.

    Wednesday, April 7, 2010

    Algunas notas sobre el caso de Noticiero Digital y los crímenes digitales


    Este artículo es una versión en español del artículo Some notes on the case of Noticiero Digital and digital crimes, escrito originalmente en inglés para Global Voices: Advocacy.


    • En marzo pasado, el presidente venezolano, Hugo Chávez, denunció a la página web noticierodigital.com "por haber publicado información falsa, anunciando la muerte del ministro Diosdado Cabello", y ordenó al Ministerio Público investigar el caso. [video]

    Tuesday, April 6, 2010

    Venezuela ha alcanzado su ODM en cuanto a la igualdad de género: ¿Verdadero o falso?

    Este artículo es una versión en español del artículo "Venezuela fulfilled its MDG on gender equality: True or False?", escrito para Th!nk About It: Developing World.

    En su informe oficial sobre los Objetivos del Milenio, el gobierno venezolano ha dicho que Venezuela ha logrado seis de los ocho objetivos antes de 2008, incluida la igualdad de género. Sin embargo, las mujeres siguen siendo los más pobres entre los pobres.

    Monday, March 29, 2010

    Vivir en una ciudad tóxica

    La larga sequía que vive Venezuela ha causado graves problemas de surtido eléctrico, al encontrarse cerca del punto de colapso las presas hidroeléctricas que surten la casi totalidad del territorio nacional. Sin embargo, éste no ha sido el único problema causado por la escasez de agua.
    En la ciudad de Valencia, el drenaje del Lago de Valencia al embalse de Pao Cachinche, con la finalidad de proveer el agua necesaria, ha ocasionado un grave cuadro de contaminación. De acuerdo a la ingeniero químico Jacquelin Rodríguez León, el agua del embalse que provee a buena parte del millón y medio de habitantes que habita esta ciudad, contiene índices peligrosos de aluminio, mercurio y plomo, los cuales generan riesgos para la salud que van desde dificultad motora y del habla, hasta incremento en el riesgo de sufrir Alzheimer.
    Los elementos contaminantes no sólo provienen del Lago: en la potabilización del agua se utiliza gas cloro y sulfato de aluminio, el cual, de manera indebida, permanece en el agua; y aunado a ello, los pesticidas utilizados en decenas de granjas ubicadas en los alrededores de Pao Cachinche, los cuales se filtran hasta el agua a través de los sistemas de riego.
    Como señaló el principal diario de la región, El Carabobeño, "El rango de referencia de aluminio permitido en el organismo debe ser menor a 8 microgramos por gramo, pero la muestra que presentó da resultados de 11, 13, 34, 42 y hasta 46 microgramos por gramo. Otros de los metales que evidencian valores superiores al límite permitido son plomo, torio, uranio, bario, cadmio y plata." La intoxicación por dichos minerales ocasionó en los niños falsos síntomas de autismo. Por otra parte, cualquier valenciano puede percibir los vapores liberados por la contaminación en su propia ducha: la sensación de asfixia que obliga a ducharse con las ventanas abiertas, y la irritación al contacto del agua con los ojos y la piel, son evidencia más que suficiente de que algo no anda bien.
    No obstante, la empresa encargada de proveer el servicio, Hidrocentro, se ha pronunciado negando la existencia de factores contaminantes en el agua:
    "De los resultados obtenidos se puede decir que el agua es apta para el consumo humano, según las normas sanitarias de calidad del agua potable, del 13 de febrero de 1998, Gaceta Oficial número 36.395, ya que por los métodos empleados no se encontró presencia de coliformes fecales y totales".
    El Gobierno Venezolano ha asegurado que Venezuela cumplirá con sus Objetivos del Milenio tres años temprano, en 2012 (link: Eng). Sin embargo, en Valencia sigue siendo una tortura tomar una ducha, cuando hay agua, y una preocupación que, a raíz de la falta de información oficial, aún existan quienes utilicen el dudoso líquido que sale del grifo, para consumo y preparación de alimentos.

    Monday, March 15, 2010

    Discriminadas por ley

    Hace alrededor de cinco años, siendo estudiante de Derecho, preparé una ponencia sobre las formas de discriminación legal a la mujer en Venezuela. Se redactó, se expuso en un congreso en La Habana y eso fue todo, no puedo decir que haya hecho demasiado para cambiar las circunstancias. Sin embargo, aparentemente he hecho más al respecto que los legisladores de mi país.
    En 2005, el Código Penal venezolano fue reformado; algunos tipos penales desaparecieron y otros fueron creados o reformulados, y no obstante, la Asamblea Nacional hizo caso omiso de la persistencia de artículos como los que establecen distintas penas para el delito de adulterio, en razón del sexo del imputado:
    Artículo 394. La mujer adúltera será castigada con prisión de seis meses a tres años. La misma pena es aplicable al coautor del adulterio.
    Artículo 395. El marido que mantenga concubina en la casa conyugal, o también fuera de ella, si el hecho es notorio, será castigado con prisión de tres a dieciocho meses. La condena produce de derecho la pérdida del poder marital. La concubina será penada con prisión de tres meses a un año.

    Lo citado no sólo significa que la pena media para la mujer adúltera excede en diez meses y medio la pena media para el hombre, sino, más aún, que las características del delito son distintas según el género, considerándose que la mujer incurre en adulterio al yacer con un hombre distinto a su marido, pero en cambio, el hombre sólo incurre en el delito al mantener concubina de manera permanente y notoria.
    Éste es sólo uno de los múltiples ejemplos que pueden encontrarse en la legislación venezolana. Baste, a manera ilustrativa, el aberrante artículo 421 del Código Penal, que reza:
    Artículo 421. No incurrirán en las penas comunes de homicidio ni en las de lesiones, el marido que sorprendiendo en adulterio a su mujer y a su cómplice, mate, hiera o maltrate a uno de ellos o a ambos.
    En tales casos las penas de homicidio o lesiones se reducirán a una prisión que no exceda de tres años ni baje de seis meses.
    Igual mitigación de pena tendrá efecto en los homicidios o lesiones que los padres o abuelos ejecuten, en su propia casa, en los hombres que sorprendan en acto carnal con sus hijas o nietas solteras.

    Este texto, que supone un derecho, al menos parcial, de un padre o de un esposo sobre la vida de su hija o de su cónyuge, y que parece conservar el espíritu atávico de los delitos “contra el honor y las buenas costumbres”, extendiendo por siglos la potestas romana sobre la mujer considerada como una posesión, fue conservado por el legislador venezolano al momento de reformar el Código Penal en 2005.
    Podría alegarse que el desuso de la sociedad haya derogado de hecho estas disposiciones, pero lo cierto es que la permanencia de éstas en el ordenamiento jurídico contraría de manera frontal la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, mediante cuya firma Venezuela se comprometió a derogar estas disposiciones legislativas:
    Artículo 2. Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:
    f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer;
    g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan discriminación contra la mujer.

    La citada Convención entró en vigencia en 1981, lo cual significa que este año se cumplen dos décadas de mora legislativa de nuestra Asamblea Nacional con los derechos de las mujeres, aún más injustificada por cuanto los instrumentos legislativos a los que hacemos referencia han sido revisados y reformados, omitiéndose, sin embargo, la toma de medidas necesarias a eliminar la discriminación.
    El Estado venezolano, principal responsable por la protección de los derechos humanos de sus ciudadanos, se erige en infractor mediante la preservación de estas, y otras, disposiciones legales discriminatorias contra las mujeres. Esta negligencia, no obstante, ha sido ignorada reiteradamente, por no considerarse una prioridad en la agenda nacional, sin considerar que esta forma de discriminación constituye violencia directa, ejercida de manera oficial, contra la mujer venezolana.

    Cómo se hace una ley

    En un país lleno de rumores como Venezuela, uno de los favoritos es “sacaron/están sacando/van a sacar una ley para regular (introduzca aquí la causa de temor de turno). En este momento, es la sonada Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Nada puede ser dicho al respecto que no sean rumores. Si se realiza una simple búsqueda en la página de la Asamblea Nacional, veremos que la ley no aparece ni siquiera en proyecto. Pero también sabemos que, en Venezuela, eso no significa que no vaya a ser discutida y sancionada en tiempo récord.
    De modo que este post no es sobre la Ley de Telecomunicaciones. Este post es sobre qué significa “anteproyecto”, “proyecto”, “sancionada”, “promulgada” y todo ese vocabulario que implica más que simple palabrería jurídica (de ésa que tanto nos gusta a nosotros, los abogados, con una que otra palabra en latín).
    I. Qué significa que una Ley es Orgánica:
    Una ley es Orgánica cuando la Constitución así lo determina expresamente, por ejemplo:
    Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio (…) Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
    Asimismo, son Leyes Orgánicas:
    • las que se dicten para organizar los poderes públicos, como por ejemplo, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
    • las que se dicten para desarrollar derechos constitucionales, como la Ley Orgánica de Educación o la Ley Orgánica del Trabajo,
    • las que sirvan de marco normativo a otras leyes (la Ley Orgánica del Trabajo, otra vez).
    Las leyes orgánicas requieren la mayoría calificada de los miembros de la Asamblea Nacional, para ser admitidas (las dos terceras partes), a excepción de aquellas que hayan sido ordenadas directamente por la Constitución.
    II. Qué es un proyecto de ley.
    Un proyecto de ley es la propuesta presentada por:
    1. El Poder Ejecutivo Nacional.
    2. La Comisión Delegada y a las Comisiones Permanentes.
    3. Los y las integrantes de la Asamblea Nacional, en número no menor de tres.
    4. El Tribunal Supremo de Justicia, cuando se trate de leyes relativas a la organización y procedimientos judiciales.
    5. El Poder Ciudadano, cuando se trate de leyes relativas a los órganos que lo integran.
    6. El Poder Electoral, cuando se trate de leyes relativas a la materia electoral.
    7. Los electores y electoras en un número no menor del cero coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el registro civil y electoral.
    8. El Consejo Legislativo, cuando se trate de leyes relativas a los Estados.
    Todo proyecto, para convertirse en ley, debe recibir dos discusiones en días diferentes: En la primera discusión se analiza la exposición de motivos, así como la pertinencia de la ley. Terminada esta discusión, el proyecto se entrega a la Comisión encargada de analizarla (según la materia), la cual debe presentar un informe en un lapso de treinta días.  Recibido dicho informe, se da inicio a la segunda discusión, que se realiza artículo por artículo. Cuando el proyecto es aprobado en dichas discusiones, la ley se declara sancionada.
    III. Promulgación de la ley.
    Sancionada la ley, ésta es enviada al Presidente de la República para su promulgación. El Presidente tiene diez días para promulgar la ley, o para solicitar a la Asamblea, en Consejo de Ministros, que modifique alguna de las disposiciones de la ley o levante la sanción a toda la ley o a parte de ella.
    Esta petición es resuelta por la Asamblea Nacional mediante mayoría absoluta, y la ley es remitida nuevamente para su promulgación, la cual debe ser hecha en cinco días hábiles sin otra observación.
    Si la Ley tiene carácter orgánico, antes de su promulgación debe ser remitida al Tribunal Supremo de Justicia, quien determinará la constitucionalidad o no de dicho carácter. Si la Sala Constitucional del TSJ determina que la ley no es orgánica, ésta pierde dicho carácter. Asimismo, si el Presidente de la República considera que la ley es inconstitucional, deberá remitirla al TSJ para que éste se pronuncie sobre su pretendida inconstitucionalidad.
    La Ley queda promulgada al publicarse con el correspondiente “Cúmplase”, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, entrando en vigencia desde el día de su promulgación, excepto en aquellos casos en los que la misma ley establece una vacatio legis (prórroga) para su entrada en vigencia.

    Uno de cada tres habitantes urbanos habita en asentamientos precarios

    Este es un post para la campaña Exige Dignidad, de Amnistía Internacional.
    Cuando hablamos de derechos humanos, la principal característica que debemos tener en cuenta es su indivisibilidad: los derechos humanos forman un conjunto inseparable, interdependientes de tal suerte que ninguno de ellos puede considerarse realizado si otros son, entretanto, violados. La lucha contra la pobreza, entonces, no se encuentra determinada únicamente por factores económicos: está relacionada con factores tan amplios como la educación, la participación política, la libertad de expresión, el acceso a los medios de producción y la existencia de un sistema de justicia eficaz.
    Uno de los factores más determinantes de la pobreza extrema, se encuentra en los asentamientos informales o infraviviendas. El acceso a cifras puntuales es difícil por la propia naturaleza de la problemática, pero de acuerdo a Naciones Unidas, uno de cada tres habitantes urbanos  habita en asentamientos precarios. Esta circunstancia, por otra parte, no se limita a la violación del derecho humano a una vivienda digna, sino que repercute en un sinnúmero de limitaciones que excluyen a gran parte de la población en el acceso al cumplimiento de sus derechos humanos más básicos: se dificulta el acceso a los servicios básicos, como agua, energía eléctrica, recolección de basura, escuelas, hospitales, transporte público; se les excluye en la toma de decisiones, ignorando con frecuencia su propia existencia como fracción de la sociedad y profundizando la exclusión social de la que son objeto; frecuentemente omitidos en la formulación de políticas públicas e inclusive destinatarios de la violencia del sistema, al ser expulsados o desalojados de sus asentamientos por considerarse ilegales.
    En Venezuela, de acuerdo a las cifras oficiales proporcionadas por el Instituto Nacional de Estadística (Censo 2001), se infiere que entre el 5% y el 6% de la población habitaba en asentamientos precarios, denominados ranchos, caracterizados por su carencia de servicios básicos y condiciones de seguridad habitacional y normas elementales de ordenamiento urbano. Casi la totalidad de dichos asentamientos se encuentran ubicados, bien en los denominados cerros, bien a orillas de carreteras o autopistas. En ambos casos, las condiciones climáticas añaden cada año un nuevo problema a los ya mencionados: los deslaves ocasionados por las lluvias generan cifras de damnificados que se cuentan por miles, y para los cuales el Estado no posee respuesta eficaz.
    Aunado a esto, los niveles de violencia urbana y doméstica se elevan drásticamente en las zonas de asentamiento precario. Si tenemos en cuenta que dos tercios de la población venezolana en pobreza extrema están compuestos por mujeres, las cuales por lo general son cabeza de familia y poseen acceso limitado a la educación y al mercado laboral, con una alta incidencia de empleos subpagados y con escasa protección legislativa (como las trabajadoras domésticas e informales, por mencionar los dos ejemplos más significativos) podremos observar la gravedad de la situación: este porcentaje de la población se encuentra en la desprotección más absoluta de sus derechos humanos más elementales.
    La situación de mi país es sólo un ejemplo: salvando las distancias socioculturales, este problema aqueja a todo el planeta, en especial a los países en vías de desarrollo. Los habitantes de los asentamientos precarios, los más pobres entre los pobres, están desprotegidos en sus derechos más elementales. La acción a seguir por parte de cada uno de nosotros, en especial aquellos que somos lo suficientemente privilegiados para contar con acceso a los mecanismos de justicia, debe ser exigir a nuestros gobiernos que lleven a cabo acciones concretas para erradicar la pobreza y garantizar los derechos humanos.
    Próximo post sobre: La feminización de la pobreza en Latinoamérica.
    Participa: Hacer que la ONU defienda más eficazmente los derechos de las mujeres.
    Fuentes:
    Demanda Dignidad: Asentamientos precarios (Amnistía Internacional)
    Asentamientos precarios en Latinoamérica (UN -.pdf)
    Uno de cada tres habitantes urbanos vive en asentamientos precarios (UN)
    Instituto Nacional de Estadística de Venezuela.

    ¿Qué significaría la salida de Venezuela de la CIDH?

    Este post fue originalmente publicado el 26 de febrero de 2010.

    Primero lo primero: El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es el marco de defensa de los derechos humanos en América, y está compuesto por dos organismos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ambos dependientes de la OEA. Estos organismos fueron creados mediante el Pacto de San José de Costa Rica, el cual consagró los derechos civiles, económicos, políticos, sociales y culturales que fueran recogidos por primera vez en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, considerada el primer acuerdo internacional en materia de derechos humanos.
    Venezuela suscribió el Pacto de San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, ratificándolo el 23 de junio de 1977. El 9 de agosto de 1977, la República reconoció la competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el 24 de junio de 1981 reconoció la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de acuerdo con los Artículos 45 y 62 de la Convención, respectivamente.
    La Comisión tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos. Entre las atribuciones derivadas de dicha competencia, se encuentran las de elaborar informes y realizar recomendaciones cuando lo considere pertinente, en relación con los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales protegidos en el Pacto de San José de Costa Rica. La Corte, por su parte, tiene la competencia de conocer y dirimir los casos relativos a violaciones de Derechos Humanos que le sean remitidos, ya por la Comisión, ya por los Estados Partes del mencionado Pacto, y tiene la facultad de disponer que se garanticen al lesionado los derechos conculcados, o de tomar medidas provisionales en casos de extrema gravedad y urgencia.
    Ahora bien, durante el día de ayer, el Presidente de Venezuela manifestó, en consecuencia de su desacuerdo con el Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre Venezuela (consultar online), su voluntad de excluir a Venezuela del Sistema Interamericano de DDHH, indicando que procedería a denunciar el Pacto de San José de Costa Rica.
    En materia de Derecho Internacional, se denomina denunciar al acto mediante el cual un Estado decide desvincularse de un tratado internacional. En el caso bajo análisis, el Pacto de San José permite la denuncia transcurridos cinco años de su vigencia, pudiendo en consecuencia Venezuela llevar a cabo dicha acción en este momento, comenzando a transcurrir el preaviso de un año, de acuerdo a lo establecido en su artículo Nº 78, y en el entendido que, de ningún modo, esto desligaría al Estado denunciante de cualquier acción violatoria de los derechos humanos que haya tenido lugar en un momento previo a aquél en que la denuncia comienza a surtir efecto: esto es, un año después de formalizada.
    En estos términos, Venezuela estaría desvinculándose de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que constituye el instrumento que resguarda las libertades civiles, políticas, económicas, sociales y culturales de los ciudadanos venezolanos en el ámbito internacional. Si bien estos derechos se encuentran consagrados directamente en nuestra Constitución, y si bien el principio de progresividad de los derechos humanos indica que éstos no pueden perderse después de haber sido reconocidos, lo cierto es que, de materializarse esta amenaza, Venezuela quedaría sin instancias internacionales con competencia a las cuales recurrir en caso de violación de derechos humanos, apartándose definitivamente de la comunidad internacional en lo que respecta a la protección de los derechos humanos.
    Listado de países y estado de las ratificaciones del Pacto de San José.
    Texto del Pacto de San José.
    Página oficial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
    Embajador de Venezuela ante la OEA: Informe de la CIDH es una difamación de burócratas imperiales.

    Por qué un día para la mujer

    Durante el día de ayer no tuve oportunidad de escribir, pero recibí multitud de mensajes y comentarios de personas cercanas, desde la típica felicitación por mensaje de texto hasta personas que decían que la existencia del Día Internacional de la Mujer era, en pocas palabras, una ridiculez: las mujeres, postulaban, no somos discapacitadas por nuestro género, ¿por qué no un día para el hombre, también?
    Pues bien, en primera instancia, tal como dice mi madre, todos los días son el día del hombre. En segundo lugar, el Día Internacional de la Mujer no es otra celebración Hallmark: Cada 8 de marzo se conmemora la muerte de 140 jóvenes y valientes mujeres trabajadoras que fallecieron calcinadas en un incendio en una fábrica textil en NY, dentro de la cual se habían encerrado reclamando condiciones de trabajo y salario dignos. Esta fecha consagra la lucha de miles de mujeres a lo largo del mundo, para alcanzar condiciones iguales de trabajo, derecho al voto, acceso a los recursos productivos y el reconocimiento de sus derechos fundamentales. Esta lucha no fue sencilla, no fue pacífica, pero sobre todo, no ha terminado.
    En Venezuela, país desde el cual escribo estas líneas, el 50% de las mujeres en edad laboral es considerada económicamente inactiva, contra el 21% de los hombres en la misma situación. De ese porcentaje, 2.988.161 mujeres se dedican de manera exclusiva a los quehaceres domésticos, mientras que sólo 53.678 hombres se ocupan de éstos. (Cifras oficiales del año 2009).
    Aunado a esto, la discriminación de puestos de trabajo sigue considerándose una circunstancia normal: de las mujeres económicamente activas, alrededor del 35% se dedican a servicios domésticos remunerados, un trabajo cuya casi absoluta desprotección legal lo convierte en campo minado para el acoso laboral y la explotación. Aproximadamente 60% del total de mujeres económicamente activas, se desempeña en el sector terciario, en actividades relacionadas directa o indirectamente con lo  “femenino”, como la educación y la atención al público.
    Por si ello fuera poco, en Venezuela no existe legislación específica sobre acoso laboral: la figura penal genérica de acoso pretende abarcar diversas formas de violencia contra la mujer, y en ella se diluyen circunstancias que, por lo general, no pueden ser castigadas. Las mujeres no sólo se encuentran en los trabajos de menores ingresos y sus salarios siguen siendo inferiores a los de los hombres, sino que siguen siendo objeto de represalias y acoso por circunstancias inherentes a su condición de mujeres, como la maternidad.
    Desde el Ministerio del Trabajo, donde cumplo funciones, cada semana recibo al menos a tres mujeres que han sido desmejoradas en su trabajo a raíz de su embarazo, o que son acosadas con intención de hacerles renunciar, durante el período de su gestación.
    De hecho, si se analiza la data del INE sobre nivel de ingreso en población ocupada, por sexo, se observa claramente la variación en nivel de ingreso por nivel educativo. En este sentido, en su informe 2004, señaló la OIT:
    “Las mujeres ganan en promedio el 64% de lo que ganan los hombres. La brecha de ingresos es más acentuada entre las ocupadas en el sector informal (que perciben el equivalente al 52% de los ingresos masculinos) y las que tienen altos niveles de escolaridad” (…)  “Las mujeres necesitan un nivel de escolaridad significativamente superior al de los hombres para acceder a las mismas oportunidades de empleo: cuatro años más para obtener el mismo ingreso y dos años más en promedio para tener oportunidades similares de acceder a una ocupación formal” (OIT, 2004).
    Para analizar el impacto real de estas cifras, hay que tener en cuenta que más del 60% de los hogares pobres en Venezuela se encuentran encabezados por mujeres. La feminización de la pobreza es un fenómeno mundial: las mujeres representan dos tercios de la población pobre del mundo, y no podemos cerrar los ojos ante la realidad de que esto es consecuencia de una desigualdad en el acceso a los recursos productivos, a condiciones de empleo justo y a la protección eficaz de sus derechos fundamentales.
    Actúa : Los derechos humanos de las mujeres y la pobreza. (AI)
    La feminización de la pobreza (UN)
    La feminización de la pobreza (PyFG)

    Why a day for women

    During yesterday I had no opportunity to write, but I received many messages and comments from close people, from the typical greeting by text message to people who said that the very existence of the International Women’s Day was, in short, a ridiculous: women, they said, are not disabled by our gender, why not a day for men, too?
    Well, first of all, as my mother says, every day is Men’s Day. Secondly, the International Women’s Day is not another Hallmark celebration: Each March 8th we commemorate the death of 140 brave, young, working women who died in a fire in a textile factory in NY, within which were locked demanding better working conditions and decent wages. This date is devoted to the struggle of thousands of women throughout the world to achieve equal working conditions, civil rights, access to productive resources and recognition of their fundamental rights. This struggle was not easy, nor peaceful, but especially it isn’t over.
    In Venezuela, from where I write these lines, 50% of women of working age are regarded as economically inactive, compared to 21% of men in the same situation. Of those, 2,988,161 women are dedicated exclusively to housework, while only 53,678 men take care of it. (Official 2009 data)
    Coupled with this, the job discrimination is still considered a normal circumstance: of all economically active women, about 35% are engaged in paid domestic services, a work whose almost complete lack of legal protection, makes it a minefield for sexual harassment and exploitation. Approximately 60% of all economically active women are working in the tertiary sector, in activities related directly or indirectly with the “feminine”, such as education and public attention.
    As if that were not enough, in Venezuela there is no specific legislation on workplace bullying: the criminal offense of harassment is intended to cover generic various forms of violence against women, and in it, different circumstances are mixed and typically, are not punished. Women are not only placed in low-income works, and their wages are still lower than those of men, but remain subject to reprisals and harassment by circumstances inherent in their status as women, as motherhood.
    From the Ministry of Labor, where I work, each week I attend at least three women who have been downgraded in their work because of their pregnancies, or who are harassed with the aim of make them resign during the period of gestation.
    In fact, if you analyze the INE data on income levels of employed population, by gender, there is clearly a variation in income levels by educational level. In this sense, in their 2004 report, the ILO said:
    “Women earn on average 64% of what men earn. The income gap is more pronounced among the employed in the informal sector (who receive the equivalent of 52% of male earnings) and those with high levels of schooling “(…)” Women need education levels significantly higher than of men in order to have the same access to employment opportunities: four more years to get the same income and two years on average to have similar opportunities to access a formal occupation “(ILO, 2004).
    To analyze the real impact of these figures, we must take into account that over 60% of poor households in Venezuela are headed by women. The feminization of poverty is a global phenomenon: women represent two thirds of the world’s poor population, and we can’t close our eyes to the reality that this is a consequence of unequal access to productive resources, in terms of fair employment and effective protection of their fundamental rights.
    Act now: Women’s Human Rights and poverty. (ES) (AI)
    The feminization of poverty (UN-Es)
    The feminization of poverty (PyFG-Es)

    Cuando el terror tiene el rostro de tu madre

    En el tiempo que tardas en leer estas líneas, entre cinco y diez niñas en el mundo están siendo sometidas a mutilación genital. Léelo de nuevo. Dos millones de niñas cada año, seis mil niñas cada día, cinco niñas cada minuto, son sometidas a la extirpación de parte o del todo de sus genitales, en procedimientos que son realizados, casi en su totalidad, por sus propias madres, abuelas o tías, sin ninguna clase de asistencia médica, y que conducen a estas niñas a graves infecciones, hemorragias, trastornos físicos y psíquicos, complicaciones durante las menstruaciones y los partos, y a la imposibilidad de disfrutar en modo alguno de su sexualidad.
    El daño irreversible ocasionado a estas niñas se ampara bajo las más variadas máscaras, escondiéndose en general bajo el derecho a la diversidad cultural de los pueblos. No obstante, esta práctica es claramente violatoria de los derechos humanos más elementales: no sólo la OMS lo considera una violación del derecho a la salud, sino que violenta de manera flagrante los derechos del niño a la igualdad; a la integridad física y a no sufrir tratos crueles, inhumanos o degradantes; reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989,
    Siendo una práctica que constituye una tradición de los pueblos que la realizan, se encuentra profundamente arraigada y continúa realizándose aún en contra de legislaciones formales que, si bien la prohíben en ciertos casos, no son puestas en vigor con la fuerza necesaria. De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas, esta práctica se lleva a cabo en 28 países africanos, aunque diversos estudios han ratificado la existencia de inmigrantes que continúan practicándola, no sólo en países de elevada población como Estados Unidos, sino también en Latinoamérica. Las razones esgrimidas por estas comunidades para continuar llevando a cabo esta costumbre, son diversas: en primer lugar, se considera que la mujer que no la ha realizado es impura, y asimismo, que la mujer no debe sentir placer, por lo cual la extirpación del clítoris es considerada una práctica de preparación y purificación para el matrimonio: de lo contrario, la niña no podrá conseguir marido. Si bien la mayoría de los lugares donde se realiza la ablación pertenecen a la religión musulmana, ésta no la ampara expresamente, ni existe declaración alguna en el Corán que la prescriba. No obstante, y si bien se continúa empleando como defensa de estas prácticas, está claro, y así ha indicado el Comité de los Derechos del Niño (único órgano legitimado para interpretar la Convención) que “la práctica de una religión o creencia debe ser consistente con el respeto hacia la dignidad humana y la integridad física de otros” y que “la libertad de practicar la propia religión o creencia puede verse legítimamente limitada a fin de proteger los derechos y libertades fundamentales de los demás” (par. 29).
    No existe excusa alguna para que miles de niñas y mujeres en todo el mundo sigan siendo sometidas a una práctica salvaje e inhumana que marcará sus vidas para siempre.
    Piénsalo de nuevo: Cada minuto, cinco niñas son sometidas a la mutilación de sus genitales, sin ninguna razón válida, sin ningún tipo de anestesia, sin siquiera preparación sobre lo que está a punto de ocurrirles. Diez niñas, entre siete y diez años, sufrían esta tortura mientras tú leías estas líneas.

    Únete a la lucha por los derechos de las mujeres.
    Fuentes: Observación general Nº 8 de la Comisión de los Derechos del Niño. Mujeres en Red sobre la Mutilación Genital Femenina.